Gaona, Palacios y Rozados Abogados

¿Cómo constituir una sociedad anónima?

¿Cómo debo constituir mi empresa? Aunque existen diferentes tipos de formas jurídicas a la hora de emprender un negocio, es habitual que las pequeñas y medianas empresas opten por la más común que es la sociedad limitada. ¿Cuáles son los requisitos básicos para establecerse como S.A.?

Lo más importante es el aporte mínimo por parte de los socios de 60.000 euros que, a la vez, se  divide en acciones. Una vez realizado este paso será preciso acudir a la Agencia Tributaria (AEAT) para solicitar el número de Identificación Fiscal y,  posteriormente, todos los socios deberán ir al notario para otorgar la escritura pública de constitución de Sociedad Anónima.

Por su parte, la escritura debe contener aspectos como la identidad de los socios, los bienes que cada uno aporta, los datos de las personas encargadas de la administración y representación social, así como los estatutos que regirán la sociedad. Es importante no olvidar que, a su vez, la escritura debe estar inscrita en el Registro Mercantil Provincial, lugar donde el autónomo legalizará los libros de actas, el de registro de socios, el diario y el de inventario.

Cabe destacar como otro de los pasos la gestión ante la Agencia Tributaria del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. Así pues, en la Tesorería General de la Seguridad Social se ha de tramitar el Alta de socios y administradores en los regímenes de la Seguridad Social.

Por último, la nueva S.A. deberá registrar todos los signos distintivos como el logo, entre otros, en la Oficina Española de Patentes y Marcas sin olvidarse de acudir al Ayuntamiento respectivo para tramitar la Licencia de actividad.

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