Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Claves para entender la reforma de la Ley de Sociedades de Capital

El Ministerio de Economía ha publicado esta semana el Anteproyecto de Ley por el cual se modifica el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio e incluye importantes novedades para las sociedades de capital, en especial las cotizadas. El objetivo de esta reforma es adaptar las normas a las exigencias europeas de la reciente Directiva (UE) 2017/828 con el fin de conseguir convertir a los inversores fugaces en inversores de larga duración.

Entre las novedades que incorpora la Ley de Sociedades de capital y en la Ley de Mercados de Valores se encuentra las acciones de “lealtad” que otorga un voto extra por acción a aquellos que permanezcan como titulares de forma ininterrumpida al menos durante dos años. A su vez, la reforma trata de vigilar de cerca la actividad de los “Proxys Advisors” para convertir su actividad en transparente.

Por su parte, otra de las novedades que se presentan es que las empresas cotizadas ya no tendrán que publicar informes resumen de resultados por trimestre a no ser que decidan hacerlo de forma voluntaria. Además, aparece el derecho a identificar a los accionistas reales en casos de intermediación, es decir, se podrá conocer quién es el verdadero accionista cuando exista un accionista intermediario. Por último cabe destacar el artículo 529bis de la Ley de Sociedades de Capital también verá modificado su primer apartado ya que tan sólo las personas físicas podrán ser consejeras en las sociedades cotizadas.

Con la inclusión de estas novedades, el Gobierno pretende evitar la entrada en el sistema de fondos buitres u otros grupos tóxicos de poca estabilidad para sustituirlo por otro tipo de inversiones más estables.

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